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Disparidad de la Facturación en $ Vs. EL Bolívar

 Disparidad de la Facturación en $ Vs. EL Bolívar

Desde hace mucho en Venezuela se establece el permiso de facturación en Divisas, los artículos 1° y 2° de la Resolución N° 320 del 28 de diciembre de 1999 norman para su momento como debe de establecerse este tipo de facturación, posterior a ello   el ya desde el  pasado año 2011 en PA 0071 se menciona el hecho que se puede facturar en Divisas ($), la misma hace referencia que cuando el precio de valor de ventas de algún artículo o servicio este fijado en divisas, en el documento fiscal (FACTURA) y deberá de indicarse los valores en $ y el equivalente de la Base Imponible e Impuesto en Bolívares.
Para ello toca hacer referencia al Artículo1 5 de la Ley de IVA del 2014.

…en los casos que la base imponible de la venta o prestación de servicio estuviese expresadas en moneda extranjeras, se establecerá la equivalencia en moneda nacional al tipo de cambio corriente en el mercado

Esto quiere decir que el tema de facturación en $, no es un tema realmente nuevo puesto que tal como lo establece del Artículo 13  el numeral 14 de la Providencia Administrativa N° 0071 del SENIAT en la que se indican las Normas Generales de Emisión de Factura y Otros Documentos.

Posterior a la PA 0071 El SENIAT en Decreto 35 suman a la eliminación de la Ley de Ilícitos Cambiarios, el Convenio Cambiario N° 1 y la Resolución 19-05-01 del BCV  como parte del nuevo marco legal y regulatorio que, en un contexto hiperinflacionario, legaliza y acelera la dolarización de la economía venezolana.

A lo que queda evidente y normando que la Facturación en $ en Venezuela se vuelve una realidad, y la misma es legal donde no existe ningún motivo de sanción o multa por el hecho de que se esté Facturando sobre este supuesto.

Queda entendido hasta ahora que la Facturación en $ no es un mito es una Realidad, una verdad que después de tanto años de haberse permitido es ahora en este preciso momento donde cobra más vida para los empresarios.

Uno de los temas que más preocupa en este momento y que estoy de seguro que sus clientes o cualquier empresario le preocupa en la actualidad es el hecho de que si facturamos en $ que pasa con el impuesto?
Para ello hay que hacer referencia al COT 2014 en su Artículo 146.

Los montos de base imponible…se expresarán en bolívares. No obstante, la Ley creadora del tributo, o, en su defecto, el Ejecutivo Nacional, podrá establecer supuestos en los que se admita el pago de los referidos conceptos, en moneda extranjera

Existe la posibilidad según lo dispuesto en el COT de el cobro de la determinación de la Base imponible del Impuesto en moneda extranjera, pero cabe recalcar y hacer hincapié en… Ejecutivo Nacional, podrá establecer supuestos en los que se admita el pago de los referidos conceptos, en moneda extranjera. En relación a ello el Decreto Nº 3.719 obliga aquello contribuyentes que les tenga permitido realizar todas sus operaciones en moneda extranjera pagar sus obligaciones en monedas extrajeras.


Hasta tanto no exista una resolución emitida por parte de la AT que establezca cual va a ser el procedimiento para el de impuesto en moneda extranjera, el pago de tributos y declaración seguirá siendo el mismo que hasta ahora se ha ejecutado, es por ello que se es importante considerar y hacer referencia que no se factura en $ pero que si se puede cobrar en $.

En una Próxima Entrega hablaremos de eso requerimiento que para la emisión de Facturas con Cobros de Productos o Servicios en Moneda Extranjeras y/o Divisas. 



Esp. Francisco Curcio

@ciscocurcio

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