Disparidad de la Facturación en $ Vs. EL Bolívar
Desde hace mucho en Venezuela se establece el permiso de facturación
en Divisas, los artículos 1° y 2° de la Resolución
N° 320 del 28 de diciembre de 1999 norman para su momento como debe de establecerse
este tipo de facturación, posterior a ello el ya desde el pasado año 2011 en PA 0071 se menciona el
hecho que se puede facturar en Divisas ($), la misma hace referencia que cuando
el precio de valor de ventas de algún artículo o servicio este fijado en
divisas, en el documento fiscal (FACTURA) y deberá de indicarse los valores en
$ y el equivalente de la Base Imponible e Impuesto en Bolívares.
Para ello toca hacer referencia al Artículo1 5 de la Ley de
IVA del 2014.
…en los casos que la base imponible de la
venta o prestación de servicio estuviese expresadas en moneda extranjeras, se establecerá
la equivalencia en moneda nacional al tipo de cambio corriente en el mercado
Esto quiere decir que el tema de facturación en $, no es
un tema realmente nuevo puesto que tal
como lo establece del Artículo 13 el
numeral 14 de la Providencia Administrativa N° 0071 del SENIAT en la que se
indican las Normas Generales de
Emisión de Factura y Otros Documentos.
Posterior a la PA 0071 El SENIAT en Decreto 35 suman a la
eliminación de la Ley de Ilícitos Cambiarios, el Convenio Cambiario N° 1 y la
Resolución 19-05-01 del BCV como parte del nuevo marco legal y
regulatorio que, en un contexto hiperinflacionario, legaliza y acelera la
dolarización de la economía venezolana.
A lo que queda evidente y normando que la Facturación en $ en Venezuela se vuelve una realidad, y la misma
es legal donde no existe ningún motivo de sanción o multa por el hecho de que
se esté Facturando sobre este supuesto.
Queda entendido hasta ahora que la Facturación en $ no es un
mito es una Realidad, una verdad que después de tanto años de haberse permitido
es ahora en este preciso momento donde cobra más vida para los empresarios.
Uno
de los temas que más preocupa en este momento y que estoy de seguro que sus
clientes o cualquier empresario le preocupa en la actualidad es el hecho de que
si facturamos en $ que pasa con el impuesto?
Para ello
hay que hacer referencia al COT 2014 en su Artículo 146.
…Los montos de base imponible…se expresarán en
bolívares. No obstante, la Ley creadora del tributo, o, en su defecto, el
Ejecutivo Nacional, podrá establecer supuestos en los que se admita el pago de
los referidos conceptos, en moneda extranjera
Existe la posibilidad según lo dispuesto en el COT de el
cobro de la determinación de la Base imponible del Impuesto en moneda extranjera,
pero cabe recalcar y hacer hincapié en… Ejecutivo
Nacional, podrá establecer supuestos en los que se admita el pago de los
referidos conceptos, en moneda extranjera. En relación a ello el Decreto Nº 3.719 obliga aquello
contribuyentes que les tenga permitido realizar todas sus operaciones en moneda
extranjera pagar sus obligaciones en monedas extrajeras.
Hasta tanto no exista una resolución emitida por parte de la AT que establezca cual va a ser el
procedimiento para el de impuesto en moneda extranjera, el pago de tributos y declaración
seguirá siendo el mismo que hasta ahora se ha ejecutado, es por ello que se es
importante considerar y hacer referencia que no se factura en $ pero que si se
puede cobrar en $.
En una Próxima Entrega hablaremos de eso requerimiento que
para la emisión de Facturas con Cobros de Productos o Servicios en Moneda
Extranjeras y/o Divisas.
Esp. Francisco Curcio
@ciscocurcio



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