Ley de Impuesto a los Grandes Patrimonios Gaceta Oficial publicada el 03 de Julio del 2019 y Reimpresas por incurrir en errores materiales en los Artículos 1,6,7,11,13,15, 17, 18, 19, 20, 24, 26 y supresión de articulo 25 Reimprimiendo nuevamente el 16 de Agosto del 2019. La creación de este impuesto es pechar y grabar el patrimonio de SPE tanto de las PN como de PJ, cuyo patrimonio se igual o superior a ciento cincuenta millones de UT (150.000.000 UT) Valor de Patrimonio = 150.000.000 UT = 50,00Bs (para Agosto 2019) Valor de Patrimonio = 7.500.000.000,00 BS (Siete Mil Quinientos Millones) ¿Qué Graba esta Ley? Según Artículo 5 de la LIG: Patrimonio Constituido por Bienes inmuebles Ubicados en el Territorio Nacional Naves, Buques, accesorios de navegación, vehículos automotores de matricul...
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